Normalmente cuando iniciamos un negocio necesitamos de un local comercial. Sin embargo, por la emoción o la premura de iniciar nuestro emprendimiento, no leemos detenidamente el contrato de arrendamiento, medio que aclarará nuestros derechos y las obligaciones. Es importante destacar que el contrato podría variar de acuerdo con el mercado y a las necesidades de los firmantes.
A continuación te daremos cinco recomendaciones antes de firmar un contrato de este tipo:
CONFIRMA QUE EL CONTRATO NO SEA DE PAPELERIA O INTERNET
- En muchas ocasiones los arrendatarios por ahorrarse los honorarios de los abogados suelen simplemente comprar un machote de papelería o descargar uno de internet, conteniendo artículos obsoletos o simplemente no respondiendo a las necesidades de las partes. Por tanto, aléjate de ese inmueble. Seguro en el futuro podrías tener problemas.
LA EXISTENCIA DE UN TERCERO CON SOLVENCIA ECONÓMICA
- Se acostumbra a pactar que, en caso de un incumplimiento de una obligación, por ejemplo: en el pago de la renta, un tercero, denominado obligado solidario o mal llamado “fiador”, tendrá la obligación de liquidar dicho monto. Sin embargo, en ocasiones el arrendador no cuestiona al arrendatario si el tercero cuenta con los recursos suficientes. Por tanto, siempre cerciórate que el tercero tenga el dinero necesario, situación que puede ser demostrada mediante un recibo de nómina o estado de cuenta.
DOMICILIO DEL OBLIGADO SOLIDARIO O MAL LLAMADO “FIADOR”
- Corrobora que el domicilio que indica el obligado solidario esté actualizado. Lo anterior, lo puedes confirmar a través de un estado de cuenta o comprobante de domicilio con una antigüedad de dos meses o ¿porqué no?, ir directamente a su domicilio. Esto te evitará muchos problemas en caso de una controversia.
FECHAS DE PAGO
- Verifica siempre cuando son tus fechas de pago, ya que el contrato podría contener un interés moratorio de un porcentaje determinado, adicional al pago de renta. Por eso siempre ten presente tus fechas, utiliza tu celular a través de recordatorios o anótalo en un calendario.
COMPROBANTES DE PAGO
- Comprobantes de pago: después de pagar la renta, asegúrate que el arrendador emita el comprobante de pago. Lo anterior, te evitará muchos problemas frente a un posible litigio, porque probarás que has cumplido en tiempo y forma con tus pagos.
En Esponda Betancourt contamos con abogados que han asesorado a empresas nacionales e internacionales en la elaboración, revisión y administración de contratos de arrendamiento. ¡Contáctanos ahora!